Si su sitio vende a clientes en Alemania, aunque su empresa esté en Madrid, Barcelona o Ciudad de México, esta ley le afecta para esos visitantes. Este artículo explica el origen de la ley, qué cambió realmente con el nuevo nombre en 2024, qué ha ocurrido desde entonces en orientaciones y tribunales, y qué conviene revisar en su sitio. Para los requisitos que debe cumplir todo consentimiento, empiece por nuestra guía sobre las condiciones de validez del consentimiento RGPD: el artículo 25 remite a ellas directamente.
¿Qué era el TTDSG y por qué ahora se llama TDDDG?
TTDSG son las siglas de Telekommunikation-Telemedien-Datenschutz-Gesetz, la ley alemana de protección de datos en telecomunicaciones y "telemedios". Se firmó el 23 de junio de 2021 y entró en vigor el 1 de diciembre de 2021. Reunió normas que antes estaban repartidas entre la Telemediengesetz (TMG) y la ley de telecomunicaciones, y por fin incorporó de forma expresa al derecho alemán el artículo 5.3 de la Directiva ePrivacy, la norma europea en la que se basan los banners de cookies.
En mayo de 2024, Alemania adaptó su legislación al Reglamento europeo de Servicios Digitales (DSA). La nueva Digitale-Dienste-Gesetz (DDG) sustituyó a la TMG, y el término "telemedios" se reemplazó por "servicios digitales" en todo el derecho federal. El TTDSG cambió de nombre en consecuencia: Telekommunikation-Digitale-Dienste-Datenschutz-Gesetz, o TDDDG, con efectos desde el 14 de mayo de 2024.
La norma sobre cookies se quedó donde estaba: en el artículo 25. Por eso se sigue buscando "TTDSG": la mayoría de las orientaciones, sentencias y textos de banner se redactaron con el nombre antiguo y siguen siendo válidos con el nuevo. Nuestra página sobre el TDDDG y su artículo 25 explica el texto en detalle.
Antes de 2021: las cookies bajo la TMG y el caso Planet49
Antes del TTDSG, el derecho alemán no tenía una regla clara de consentimiento para las cookies. El artículo 15.3 de la TMG permitía crear perfiles de uso seudónimos con fines publicitarios o de estudios de mercado salvo que el usuario se opusiera. Leído literalmente, era un modelo de exclusión voluntaria (opt-out), incompatible con la Directiva ePrivacy.
Los tribunales cerraron esa brecha. En el caso Planet49, el Tribunal de Justicia de la Unión Europea resolvió el 1 de octubre de 2019 (C-673/17) que instalar cookies exige un consentimiento activo y que una casilla premarcada no basta. El Tribunal Supremo Federal alemán (BGH) resolvió el litigio el 28 de mayo de 2020 (I ZR 7/16, "Cookie-Einwilligung II") interpretando el artículo 15.3 de la TMG conforme a la Directiva: las cookies publicitarias y de estudios de mercado requerían consentimiento.
El resultado funcionaba, pero se apoyaba en una lectura contraria al texto. El TTDSG lo sustituyó por una regla expresa.
Qué dice el artículo 25 del TDDDG sobre las cookies
El apartado 1 establece que almacenar información en el equipo terminal del usuario, o acceder a información ya almacenada en él, solo está permitido si el usuario ha dado su consentimiento a partir de una información clara y completa. La información y el consentimiento deben cumplir el RGPD.
El apartado 2 prevé solo dos excepciones:
- la única finalidad es transmitir un mensaje a través de una red pública de telecomunicaciones;
- el almacenamiento o el acceso es estrictamente necesario para que el proveedor de un servicio digital preste un servicio solicitado expresamente por el usuario.
Hay tres puntos que a menudo se pasan por alto:
- No se limita a los datos personales. El artículo 25 protege el dispositivo. Cualquier información guardada o leída necesita consentimiento, identifique o no a una persona.
- No se limita a las cookies. El almacenamiento local, los identificadores del dispositivo y los scripts de fingerprinting que leen sus características también están incluidos.
- Se suma al RGPD. El artículo 25 regula el acceso al dispositivo. El tratamiento posterior de datos personales necesita su propia base jurídica según el artículo 6 del RGPD.
Es la misma lógica que el artículo 22.2 de la LSSI en España. La analítica, la publicidad y la mayoría de los contenidos de terceros requieren consentimiento. Las cookies de sesión para el inicio de sesión o el carrito, por lo general, no. Nuestro artículo sobre las cookies estrictamente necesarias muestra dónde está el límite, con nombres de cookies reales.
Qué cambió en mayo de 2024 y qué no
La misma regla, términos nuevos
La reforma de 2024 sustituyó "Telemedien" por "digitale Dienste". En el artículo 25.2, la excepción se refiere ahora al "proveedor de un servicio digital" en lugar del "proveedor de telemedios". El fondo es idéntico: mismos requisitos, mismas excepciones, mismas multas.
Adiós a la Telemediengesetz
El otro cambio visible afecta al aviso legal alemán (Impressum). La obligación estaba en el artículo 5 de la TMG y ahora está en el artículo 5 de la DDG, con el mismo contenido. Un Impressum que todavía indica "Angaben gemäß § 5 TMG" cita una ley derogada. Abogados y cámaras de comercio alemanas recomiendan actualizar la referencia, porque una cita obsoleta puede provocar requerimientos de competidores (Abmahnungen).
Lo que sigue igual
El artículo 25 conservó su número. Las sanciones del artículo 28 no cambiaron: guardar o leer información en contra del artículo 25.1 es una infracción administrativa que puede castigarse con multas de hasta 300.000 €, y las multas del RGPD pueden sumarse por el tratamiento posterior. La supervisión de los sitios web privados sigue en manos de las autoridades de protección de datos de los estados federados (Länder).
De 2024 a 2026: orientaciones, sentencias y servicios de consentimiento
Los cambios reales para los responsables de sitios web llegaron desde fuera de la ley.
Orientaciones actualizadas de la DSK
La DSK, la conferencia de autoridades alemanas de protección de datos, publicó unas orientaciones sobre el TTDSG poco después de su entrada en vigor. La versión 1.2, de noviembre de 2024, adopta el vocabulario de los servicios digitales. Interpreta de forma estricta la excepción de lo "estrictamente necesario", rechaza eximir por principio la medición de audiencia y exige una opción de rechazo en la primera capa del banner siempre que el visitante deba interactuar con él para usar el sitio.
Sentencias sobre el diseño de los banners
Dos decisiones han concretado el botón "Rechazar todo":
- Tribunal Regional Superior de Colonia, 19 de enero de 2024 (6 U 80/23). Una asociación de consumidores demandó a un portal de noticias cuyo banner no ofrecía un rechazo equivalente en la primera capa y cuya "X" significaba "Aceptar y cerrar". El tribunal consideró que los consentimientos no eran libres.
- Tribunal Administrativo de Hannover, 19 de marzo de 2025 (10 A 5385/22). El tribunal confirmó una orden de la autoridad de Baja Sajonia contra un grupo de medios cuyo banner solo ofrecía "Aceptar todo" y "Configuración", insistía repetidamente para obtener el consentimiento y ocultaba el número de socios.
Ambas sentencias aplican el mismo criterio que la AEPD: rechazar debe ser tan fácil como aceptar. Nuestro resumen de los dark patterns que prohíbe la CNIL detalla los diseños sancionados por las mismas razones.
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Servicios reconocidos de gestión del consentimiento
El artículo 26 del TDDDG prevé "servicios reconocidos de gestión del consentimiento": servicios independientes en los que el usuario guarda sus decisiones una sola vez y que los sitios web pueden consultar después. El reglamento de aplicación (Einwilligungsverwaltungsverordnung, EinwV) entró en vigor el 1 de abril de 2025. El BfDI, el comisionado federal de protección de datos, reconoció el primer servicio en octubre de 2025.
Esto no elimina los banners de cookies. Usar un servicio reconocido es voluntario para los responsables de sitios web, y a los visitantes que no utilicen ninguno hay que seguir preguntándoles. Para la mayoría de los sitios, en la práctica todavía no cambia nada.
Qué debe revisar ahora en su sitio web
Si su sitio se configuró bajo el TTDSG, basta con una revisión breve:
- Sustituya "TTDSG" por "TDDDG" en la política de privacidad, la política de cookies y los textos del banner de la versión alemana. El número se mantiene: § 25.
- Sustituya "§ 5 TMG" por "§ 5 DDG" en el Impressum.
- Revise la primera capa de su banner. "Rechazar todo" debe estar junto a "Aceptar todo", con el mismo peso visual y el mismo número de clics.
- Vuelva a escanear su sitio. Las herramientas añadidas desde 2021 (píxeles, chats, reproductores de vídeo) pueden instalar cookies que su banner no cubre.
- Compruebe que los scripts se bloquean antes del consentimiento, también en la primera carga de página.
- Conserve la prueba de los consentimientos y del texto del banner mostrado en ese momento.
Las mismas reglas se aplican en los demás países de la UE a través de sus propias transposiciones de la Directiva ePrivacy, así que un banner válido para visitantes alemanes suele servir en toda Europa. Para una visión de conjunto, lea nuestro resumen sobre lo que ha cambiado en el RGPD y las cookies en 2026.
FlowConsent es un ejemplo de banner diseñado en torno a estos requisitos: bloquea los scripts hasta que el visitante decide y muestra "Aceptar" y "Rechazar" con el mismo peso en la primera capa.
Cómo gestiona FlowConsent el consentimiento según el TDDDG
FlowConsent aplica el artículo 25 en la parte técnica para los sitios con visitantes alemanes. Los scripts que requieren consentimiento se bloquean antes del consentimiento, de modo que nada se ejecuta en la primera carga. El escaneo automático detecta los servicios presentes en su sitio, y usted asigna a cada uno una finalidad y una base jurídica, separando las cookies estrictamente necesarias de las que requieren opt-in (consulte servicios y base jurídica). Cada decisión queda registrada y puede exportar la prueba del consentimiento en cualquier momento. Google Consent Mode v2 está integrado, los datos se alojan en Europa y la instalación lleva unos diez minutos. FlowConsent es gratuito hasta 25.000 sesiones al mes; después, el plan Pro cuesta 14,99 € al mes hasta 100.000 sesiones.